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Escrito por Redacción    Viernes, 05 de Febrero de 2010 09:38    PDF Imprimir E-mail
La Audiencia Nacional dicta una sentencia corporativista para tapar el error de la Sala de lo Penal
Afinsa - Forum

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia corporativista en la que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado en el caso Afinsa, tapando así el error que cometió la Sala de lo Penal de la propia Audiencia Nacional con la intervención de las filatélicas el 9 de mayo de 2006.

 

Con esta sentencia, de carácter corporativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo tapa el error cometido el 9 de mayo de 2006, día de la intervención de las filatélicas, por la Sala de lo Penal de la misma Audiencia Nacional.

La sentencia, que ha sido comunicada a las partes en la mañana del 5 de febrero, es muy genérica y no entra a valorar el detalle de los contratos. Tras los primeros análisis de la misma, desde Ausbanc Consumo –asociación que presentó la primera demanda ante la Audiencia Nacional reclamando la responsabilidad patrimonial del Estado– ya han manifestado su intención de presentar el correspondiente recurso ante el Tribunal Supremo.

Desde la asociación reconocen que “ya partíamos con la premisa de que la Audiencia Nacional no iba a velar por los intereses de los ciudadanos, sino por los del Gobierno; no en vano, la propia Audiencia Nacional fue creada como el brazo jurídico del Gobierno”. En este sentido, desde Ausbanc Consumo recuerdan que el Tribunal Supremo ya ha dado lecciones en otras ocasiones a los magistrados de la Audiencia Nacional y confían en que el caso se repita con la sentencia de Afinsa.

"Justicia para ricos"

Los responsables de la asociación han hecho hincapié en que la sentencia constituye un ejemplo de “Justicia para ricos”, puesto que sólo permite el recurso ante el Tribunal Supremo a aquellos afectados cuya inversión supere los 150.000 euros. Podría darse la aberración de que el Supremo determinase la responsabilidad patrimonial del Estado, y que éste tuviera que indemnizar a los inversores más importantes, mientras que el resto de inversores –los más numerosos– no pudieran beneficiarse de la sentencia.

Según interpretan desde Ausbanc, esta limitación impuesta a los inversores con cantidades inferiores a 150.000 euros supone quebrar el principio constitucional de doble instancia judicial para todos los ciudadanos.

 

VEA Y DESCÁRGUESE LA SENTENCIA COMPLETA (1,8 MB)

 

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